Hace unas semanas se publicó una ley que garantiza los derechos y el bienestar de los animales. A partir de dicha ley, algunas noticias indicaron que ahora los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido para poder cuidar de sus mascotas enfermas. ¿Es esto así?

 
La normativa laboral NO HA CAMBIADO

No hay derecho a la ausencia retribuida. Si uno de sus trabajadores le pide un permiso retribuido para cuidar de su mascota enferma, usted podrá negarse. Es cierto que la Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales pretende fomentar la protección animal e indica que la tenencia de animales de compañía debe llevar aparejada una responsabilidad a la altura del cuidado que se debe dar a un ser diferente a una cosa . Sin embargo, esta ley no ha modificado el régimen de licencias y permisos que se regula en el Estatuto de los Trabajadores (ET).

Hay que ver cada convenio colectivo, pero normalmente no existe este tipo de mención al respecto. Dígale que los permisos retribuidos –es decir, las ausencias con derecho a mantener la retribución– sólo se conceden para los casos fijados en la ley y en el convenio.

Si quiere ser flexible ante esta situación, permita la ausencia del empleado, pero déjele claro que deberá recuperar esas horas no trabajadas en otro momento. Si no las recupera, usted podrá descontar de la nómina el salario equivalente a ese lapso de tiempo.

Si se ausenta, ¿puede haber sanción?

Sepa que las ausencias no justificadas pueden dar lugar a una sanción disciplinaria. Ello, aunque le haya pedido permiso y usted no lo haya autorizado o incluso si éste no se presenta a su puesto de trabajo y posteriormente alega que la ausencia estaba motivada por la visita al veterinario.

En todo caso, no despida al trabajador de buenas a primeras si ha faltado a su puesto una sola vez y ha alegado la necesidad de que su mascota acuda al veterinario.  Efectuar un despido por una única falta de asistencia es desproporcionado, por lo que se declararía improcedente. Por ello, lo conveniente es imponer una sanción menos lesiva y volver a sancionar si el afectado vuelve a reincidir en este tipo de faltas.

Si tiene cualquier duda, puede contactar con nosotros para un mejor asesoramiento.